Contrato indefinido de apoyo a los emprendedores incluye una serie de bonificaciones.

Las contrataciones de desempleados inscritos en la Oficina de empleo mediante el contrato indefinido de apoyo a emprendedores darán derecho a las siguientes bonificaciones: 

- En caso de contratación de jóvenes entre 16 y 30 años, ambos inclusive, la empresa tendrá derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social durante tres años, cuya cuantía será de 83,33 euros/mes (1.000 euros/año) en el primer año; de 91,67 euros/mes (1.100 euros/año) en el segundo año, y de 100 euros/mes (1.200 euros/año) en el tercer año. En caso de que sea un sector en el que las mujeres tienen una escasa representación, las cuantías anteriores se incrementarán en 8,33 euros/mes (100 euros/año).

- También incluye el grupo de aquellas personas mayores de 45 años, que hayan estado inscritos en la Oficina de Empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación, la empresa tendrá derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social, cuya cuantía será de 108,33 euros/mes (1.300 euros/año) durante tres años. Si son mujeres en sectores en los que este colectivo esté menos representado, las bonificaciones indicadas serán de 125 euros/mes (1.500 euros/año).

Estas bonificaciones serán compatibles con otras ayudas públicas previstas con la misma finalidad, sin que en ningún caso la suma de las bonificaciones aplicables pueda superar el 100 por 100 de la cuota empresarial a la Seguridad Social.

Más información: Reforma Laboral 2012: contrato indefinido de apoyo a los emprendedores (III).

Fuente: Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. 

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