Aunque parezca extraño, nosotros no podemos decidir sobre a quién dejar nuestros bienes al morir.

Aunque parezca extraño, nosotros no podemos decidir sobre a quién dejar nuestros bienes al morir. Al menos, no en su mayor parte. Y eso es porque nuestra Ley (el Código Civil) establece quiénes serán nuestros herederos y qué parte de los bienes que tengamos al morir tienen que ir a ellos. Sí, a ellos, directamente, sin que nosotros podamos elegirlos ni decidir casi nada al respecto. Son las partes de una herencia que se llaman “legítimas”.

Las “legítimas” son la parte de los bienes de un fallecido que tienen que ir a los herederos designados por la Ley y que, habitualmente, serán los hijos o el cónyuge. En el caso de tener hijos, la legítima comprende las dos terceras partes de todos los bienes, de manera que en realidad sólo podremos decir sobre el tercio restante. Si no hay hijos pero sí cónyuge, entonces la parte de la que no podemos disponer es la mitad de los bienes.

Aunque hagamos testamento, se mantiene esa regla. Si no lo hacemos, los herederos se quedarán con la totalidad. Hay situaciones excepcionales en que podemos excluir a algunos herederos pero, en la práctica, se dan muy poco (desheredar a un hijo, por ejemplo). Claro que, una vez muertos, no creo que nos importe mucho.

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