En Argentina existen 243 días laborales, sin contar las fiestas locales y regionales.

El trabajo es una de las ocupaciones del ser humano que no tiene horario prefijado. Cuando muchos empleados descansan el fin de semana, otros sin embargo se despiertan los domingos para ir a trabajar. Pero en términos oficiales se denominan días laborales aquellos que son estipulados como días hábiles en la Administración Pública. Normalmente son los días comprendidos entre el lunes y el viernes.

Teniendo en cuenta este principio, excluyendo los días festivos nacionales y obviando los festivos de carácter local y regional, en Argentina suman 243 días laborales.

Los festivos del calendario laboral 2012 de la República Argentina son los siguientes:

- 1 de Enero. Domingo. Año Nuevo.

- 20 y 21 de Enero. Lunes y Martes. Carnaval.

- 24 de Marzo. Sábado. Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.

- 2 de Abril. Lunes. Día del Veterano de Guerra.

- 6 de Abril. Viernes. Viernes Santo.

- 30 de Abril. Lunes. Día festivo por puente turístico.

- 1 de Mayo. Martes. Día del Trabajador.

- 25 de Mayo. Viernes. Día de la Revolución de Mayo.

- 20 de Junio. Miércoles. Día de la Bandera. Conmemoración del paso a la inmortalidad del General Manuel Belgrano.

- 9 de Julio. Lunes. Día de la Independencia.

- 8 de Octubre. Lunes. Día de la Raza.

- 8 de Diciembre. Sábado. Inmaculada Concepción de María.

- 26 de noviembre. Lunes. Día de la Soberanía Nacional.

- 24 de Diciembre. Lunes. Día festivo por puente turístico.

- 25 de Diciembre. Martes. Navidad.

Todos estos días están regulados por la Ley Nº 21.329, excepto el día 8 de Diciembre, que está incorporado en la Ley Nº 24.445.

Sin embargo existen días laborales transladables, es decir, que se traspasan a otros días laborales por coincidencia de fechas. Según la Ley Nº 23.555, las fechas que coincidan en martes y miércoles se trasladan al lunes anterior, y las que coincidan en jueves y viernes se trasladan al lunes posterior, con algunas excepciones.

Y según la Ley Nº 24.445, la festividad del 20 de junio y el 17 de agosto se traspasan al tercer lunes del mes respectivo. Es el caso de las siguientes festividades:

- 21 de Junio. Lunes. Conmemoración de la Inmortalidad del General Manuel Belgrano.

- 20 de Agosto. Lunes. Conmemoración de la Inmortalidad del General José de San Martín.

Existen otros días festivos nacionales especiales, regulados por ley, a los que se pueden acoger los profesantes de la religión judía o la religión islámica, y de otras culturas y grupos, como la festividad por la tragedia del pueblo armenio.

Fuente: Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Republica Argentina.

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